devolucion gastos hipoteca

Conseguir la devolución de gastos de hipoteca

¿Cómo solicitar la devolución?

Desde que el pasado diciembre el Tribunal Supremo declarara como abusivas las cláusulas con las que algunos bancos obligaban a sus clientes a pagar todos los gastos de formalización de hipotecas, se han disparado las peticiones por parte de los clientes para recuperar su dinero. Este fenómeno no nos debe extrañar, teniendo en cuenta que son los bancos los que deberían pagar al menos una parte de esos gastos de formalización.

En este artículo vamos a ver qué pasos deben seguir todas aquellas personas que hayan sido afectadas por el abuso de estas cláusulas y que quieran solicitar la devolución de gastos de hipoteca:

  1.  El primer paso es reunir toda la información y todas las facturas que sean necesarias para averiguar cuál ha sido la cantidad total que se ha pagado indebidamente.
  2.  El siguiente movimiento es concertar una cita con el director de nuestra sucursal bancaria para concertar una cita, y exponerle nuestro caso. En caso de negativa por su parte, debemos acudir al defensor del cliente de dicha entidad bancaria.
  3.  Si el paso anterior tampoco funciona, nos queda elevar una reclamación al Banco de España, que debería emitir su decisión en un plazo máximo de dos meses. Si esta reclamación no surte sus efectos, tan sólo nos quedaría acudir a la vía judicial y tomar medidas legales de reclamación.

¿Qué gastos son los que tiene que pagar el comprador del piso de forma inevitable?

El hecho de que algunos gastos se adjudiquen de forma abusiva por los bancos a los clientes, no significa que éstos no deban pagar nada. Los gastos obligatorios que corren los nuevos compradores son los correspondientes al proceso de compraventa. Por ejemplo, el pago de los honorarios del notario y el registrador de la propiedad, siempre y cuando estén estos relacionados con el proceso de la compraventa, no de la formalización de hipoteca.

Conseguir la devolución de gastos de hipoteca

Devolución de gastos de hipoteca: ¿Qué gastos, comisiones e impuestos sí se pueden reclamar por los clientes afectados?

Como hemos mencionado justo en la anterior pregunta, los gastos que se pueden reclamar no son los relativos a la compraventa, sino únicamente los pertenecientes al proceso de formalización de la hipoteca.

En este sentido, se pueden reclamar los siguientes gastos:

  1. Facturas de la Notaría y el Registro de la Propiedad: dice el Tribunal Supremo en su sentencia que “en lo que respecta a la formalización de escrituras notariales e inscripción de las mismas (necesaria para la constitución de la garantía real –es decir, la hipoteca-), tanto el arancel de los notarios como el de los registradores de la propiedad, atribuyen la obligación de pago al solicitante del servicio de que se trate o a cuyo favor se inscriba el derecho. Y quien tiene el interés principal en la documentación e inscripción de la escritura de préstamo con garantía hipotecaria es, sin duda, el prestamista, pues así obtiene un título ejecutivo, constituye la garantía real, y adquiere la posibilidad de ejecución especial”.
  2. Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: según la Ley que regula el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, “será sujeto pasivo del impuesto el adquirente del bien o derecho y, en su defecto, las personas que insten o soliciten los documentos notariales o aquellos en cuyo interés se expidan”.  En este sentido, el Tribunal Supremo entiende que el sujeto pasivo en este caso es el Banco o Entidad prestamista y, por tanto, responsable obligado al pago de dicho impuesto. Por tanto, los gastos de este impuesto también deben ser reclamados por el cliente afectado.

¿Sigues teniendo dudas sobre la devolución de gastos de hipoteca? Contacta con nuestro equipo de expertos aquí. Y, si tienes cualquier duda respecto a la compra o venta de tus inmuebles, puedes visitar esta página en la que te contamos todo lo que debes saber.

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