Así serán las hipotecas a partir de ahora
En las últimas fechas el gobierno ha realizado modificaciones normativas, con respecto al mercado hipotecario y bancario. El impuesto de las hipotecas correrá a cargo de la banca, tal y como quedó reflejado en un Real Decreto aprobado por el Ejecutivo. Dicho ejecutivo, controla los cambios realizados en la ley hipotecaria que, afectarán de igual modo a lo nuevos préstamos. En el post de hoy de Acción Inmobiliaria vamos a hablar de cómo serán las nuevas hipotecas.
¿Cómo varían los gastos hipotecarios?
Tal y cómo se refleja en el Real Decreto, el sistema bancario se ve obligado a pagar el AJD. De igual forma, se estipula que, deberá pagar los gastos de la escritura, gestorías y aranceles notariales. Por su parte el cliente está obligado a abonar únicamente la tasación de la vivienda que vaya a adquirir, así como el número de copias de las escrituras que desee. El ahorro que suponen estos gastos hipotecarios para el cliente es de entre el 85 % y el 93 % aproximadamente.
No obstante, realmente se trata de un ahorro ridículo, si se compara con los gastos generales que supone la adquisición de e una vivienda. Ante la falta de un texto definitivo; ya que sigue negociándose, el Congreso de los Diputados continúa realizando modificaciones importantes, respecto al proyecto inicial. De este modo, la cláusula de vencimiento anticipado, sólo se podrá ejecutar si el hipotecado acumula una deuda de más de 12 mensualidades de hipoteca. Asimismo, dicha cláusula podrá ser activada si la deuda asciende a un importe que represente el 3 % del valor del préstamo durante la primera mitad de la existencia de la hipoteca.
¿Habrá hipotecas más caras?
El hecho de que el sector bancario asuma los gastos hipotecarios se verá reflejado en el precio de las hipotecas. Los bancos recuperarán el daño causado por los gastos hipotecarios, a partir de los seis años de comenzar el propio préstamo, En cambio con las hipotecas que se cancelen anticipadamente o firmadas a corto plazo, cabe la posibilidad de que no ganen absolutamente nada. De este modo, y como es previsible, se encarecerán los precios de hipotecas para adquirir una vivienda.
¿Se puede reclamar el AJD de los cuatro últimos años?
Los contribuyentes pueden reclamar a Hacienda los gastos de hipotecas de los cuatro últimos ejercicios. Según el Real Decreto Ley, queda establecido que es a la banca a quién corresponde pagar estos gastos, modificando de esta forma el sujeto pasivo pero no la acción imponible. De este modo se puede comprobar, que legalmente, los gastos hipotecarios correspondieron en todo momento al sector bancario y no el titular de la hipoteca.
Según las declaraciones de importantes juristas, el Real Decreto no cambió la situación del sujeto pasivo en los gastos de préstamos hipotecarios, sino que dejó clara la situación. De esta forma, se puede entender que el banco fue siempre el responsable de liquidar dichos gastos. Por lo que los contribuyentes que así lo crean conveniente, podrán hacer la reclamación a Hacienda de los impuestos pagados en el último cuatrienio.
¿Cómo puedo reclamar?
Así serán las hipotecas a partir de ahora
En primer lugar se debe realizar una reclamación a través del servicio de atención al cliente del Banco con quién se contrajo el préstamo. Si pasados dos meses el banco responde de forma negativa o no hace caso de la reclamación, se interpondrá una demanda judicial. A través de esta demanda se pedirá la nulidad de la cláusula por resultar abusiva, así como sus consecuencias. El demandante deberá aportar las facturas abonadas como gastos de la constitución del préstamo. Estos gastos, deberán corresponder a la formalización de la hipoteca, pero no los de compraventa.
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