impuestos en la venta de propiedades

Qué impuestos en la venta de propiedades inmobiliarias debes pagar

A la hora de comprar una vivienda solemos encontrar información sobre los gastos adicionales que debe asumir el comprador, a parte del precio de la propia vivienda. En esta ocasión vamos  a hablar de los gastos que debe asumir el vendedor.

Lo primero que debes saber, a la hora de vender una casa, es que se debe pagar la plusvalía a hacienda (IRPF)la plusvalía municipal, los gastos de cancelación de la hipoteca (en caso de haberla) y los gastos de gestión notarial.

 

3 impuestos básicos que has de pagar por una venta de propiedad

  •  El IRPF, por la ganancia que obtengas con la venta
  •  La plusvalía municipal, por el aumento en el valor del terreno desde su adquisición hasta su transmisión
  •  El IBI, que si bien no es un impuesto propio de la venta, toca pagar la parte correspondiente al año de la venta.

Los primeros impuestos en la venta de propiedades son…

la Plusvalía a hacienda (IRPF)

Cuando vendemos una propiedad inmobiliaria podemos obtener ganancias de esta. En el caso de venderla por un precio superior del que la que la adquirimos, debemos reflejarlo en la declaración de la renta y pagar lo que corresponde. Ahora bien no basta con solamente considerar el precio de compra y el precio de venta ya que entran en juego otros factores.

Estos pueden ir desde una serie de impuestos, ciertos tributos, hasta reformas realizadas. Cuando el inmueble es heredado el valor vendrá en base a las tablas del catastro y este será con el cual se realicen los cálculos correspondientes.

En el caso de que vendamos la propiedad por una cantidad inferior de dinero, se considera que ha habido una pérdida de patrimonio, por lo que no se debe tributar. Aún así es recomendable incluirlo en la declaración de la renta ya que esta pérdida puede ser compensada por las ganancias que se obtengan a lo largo de 4 años después de la venta del inmueble.

Los mayores de 65 años están exentos de tributar la plusvalía a hacienda si venden su residencia habitual. Tampoco se debe tributar cuando se hace una donación por pago, cuando ocurre una situación de desahucio o en el caso de padecer una minusvalía severa.

Qué impuestos en la venta de propiedades inmobiliarias debes pagar

Plusvalía municipal (IIVTNU)

 

La Plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), es un impuesto debido a que parte de la subida del precio del inmueble se debe a la revalorización del terreno. Realmente esto ya no tiene sentido desde el pinchazo de la burbuja inmobiliaria, ya que el valor del suelo y de las viviendas ha bajado.

Es recomendable reclamar este impuesto si hemos tenido una pérdida de patrimonio. La razón de esto es que hay un número considerable de sentencias que son favorables para el vendedor.

Gastos de cancelación y gestión notarial

 

Usualmente, a la hora de vender una vivienda, el propietario está pagando algún tipo de hipoteca. El comprador debe estar libre de cargas por lo que podemos recurrir a cancelarla o a que se haga cargo del préstamo él mismo, es decir, subrogar la hipoteca. La comisión de cancelación bancaria suele estar en torno al 0,5%.

En caso de subrogar  será necesario vender el inmueble a un precio inferior debido al cargo extra que acabará soportando el comprador. Los gastos de la gestión notarial suelen venir por parte del interesado en adquirir el inmueble.

Todos estos trámites suelen llevarlos las entidades bancarias con un coste asociado de unos 1000 euros. También es importante indicar que si se ha contratado una inmobiliaria es el vendedor quien paga los cargos relacionados a esta.

 

Tributación de compraventa de bienes inmuebles

La compraventa de inmuebles está sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD). El ITPAJD es un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas según lo dispuesto en la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas (CCAA) de régimen común y Ciudades con Estatuto de autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, en cuyo artículo 33 se establece que la gestión del impuesto corresponde a la comunidad autónoma en la que se encuentran los inmuebles. Los tipos impositivos son distintos para cada comunidad autónoma.

Página oficial del Gobierno de España:

https://administracion.gob.es/pag_Home/Tu-espacio-europeo/derechos-obligaciones/ciudadanos/residencia/compraventa-bienes-inmuebles/impuestos.html

 

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